SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

III.1. Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario

El extinto Tribunal Constitucional pronunció la SC 1337/2003-R de 15 de septiembre, que refirió que la acción de amparo constitucional es subsidiaria y supletoria “…en la protección de los derechos fundamentales, subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria”.