SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2017-S1

Fecha: 15-Mar-2017

que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley

Así, en razón a tal confusión resulta prudente iniciar el presente análisis recordando que la acción de amparo constitucional “…tendrá lugar contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley” (art. 128 de la CPE), de lo que fácilmente es posible inferir que esta no es una vía casacional o de apelación para corregir cualquier defecto u error de la justicia ordinaria, sino únicamente aquellas acciones u omisiones ilegales, indebidas que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos reconocidos por la Constitución. Por lo que, en relación al contenido de su carga argumentativa y la lesión acusada sobre el derecho al trabajo y una remuneración justa, no se ha evidenciado un nexo que razonablemente permita afirmar que los actos y hechos denunciados, se hayan constituido en ilegales o indebidos, ni mucho menos se tiene demostrado que como fruto de los mismos, se haya efectivamente causado las lesiones alegadas, no correspondiendo por ende su tutela.