SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2017-S2

Fecha: 15-Mar-2017

Fragmento 29

           Así, el deber de motivación y fundamentación adquiere validez cuando se complementa con el principio de pertinencia, por cuanto no puede emitirse un pronunciamiento sobre aspectos que no fueron solicitados o pedidos, siendo exigible una necesaria correspondencia entre lo que sí fue solicitado, las consideraciones esgrimidas por la autoridad administrativa o judicial y la decisión asumida, siendo éstos los motivos que generan obligación de emisión de fallos motivados, congruentes y pertinentes”.