SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2017-S3

Fecha: 24-Mar-2017

II.2.

II.2.  Mediante memorial presentado el 11 de marzo de 2004, el entonces Prefecto -ahora Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental- de Chuquisaca, a través de su representante legal, señaló que al no haber sido posible la aplicación de medidas precautorias, se disponga como medida definitiva, librarse provisión ejecutoria a la oficina de DD.RR., ordenando la anotación definitiva de los bienes que pudieran tener los coactivados, en especial del inmueble de Edither Durán Martinez “…registrado en la Provincia Luis Calvo, en el libro de Propiedades de Títulos Ejecutoriales, Partida No. 77, Folio 419 de 1986…” (sic [fs. 567 y vta.); por lo que mediante Auto de 16 de dicho mes y año, el Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del mismo departamento, dispuso librarse los mandamientos de embargo requeridos (fs. 568).