SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2017-S3

Fecha: 09-May-2017

2)

2)    En segundo lugar, de un análisis de la demanda de la presente acción de amparo constitucional, no se identificó los actos ilegales presuntamente cometidos por la parte demandada en desmedro de sus derechos constitucionales, limitándose a alegar que no obtuvo respuesta de las autoridades demandadas a momento de solicitar el cese y devolución de los haberes retenidos en la Cuenta 112 “Deudas de Personal”, teniéndose de ello que: “…resulta insuficiente la mera relación de hechos o la sola enumeración de las normas legales supuestamente infringidas; porque sólo en la medida en que el recurrente expresa adecuada y suficientemente sus fundamentos jurídicos la jurisdicción constitucional podrá realizar la labor de contrastación entre la interpretación legal realizada por la jurisdicción ordinaria y los fundamentos que sustentan la interpretación y las conclusiones a las que arribó, con los fundamentos y pretensiones expuestos por el recurrente del amparo constitucional”        (SC 0718/2005-R de 28 de junio).