SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2017-S1

Fecha: 04-May-2017

todos los actos de la vida social

De esta manera debe quedar claro que el Tribunal Constitucional Plurinacional, no exonera al accionante de los gastos por su consumo de electricidad ni lo libera de los pagos por expendios comunes (que conforme se refirió se encontraban debidamente cancelados), sino que más bien se orienta a garantizar la provisión del servicio de electricidad (conforme a los fines del Estado), para permitirle al impetrante de tutela y a sus hijos una existencia digna y verdaderamente humana, conforme a los principios    ético-morales del “suma qamaña” y el “vivir bien”, que –según se desglosó y desarrolló en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional–, igualmente fueron lesionados, debido a que se afectó de manera negativa a sus condiciones de vida, evitando una apropiada satisfacción de sus necesidades y derecho a una vivienda adecuada, la consecución de una calidad de vida y muerte dignas. En este sentido, en relación a los principios ético-morales, como el suma qamaña, debe remarcarse que su contenido asegura, entre otros, que los valores plurales supremos, se complementen en una sociedad como la nuestra, plural e irradien de contenido no sólo la actividad judicial y administrativa, sino también todos los actos de la vida social que consolidan la construcción de un Estado Plurinacional con unidad, complementariedad, reciprocidad, equidad, solidaridad.