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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2017-S3

    Fecha: 26-May-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • I.2.2.
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • externa, entendida como principio rector de toda resolución judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y respuesta) y lo resuelto por las autoridades judiciales, sin que el juzgador tome en cuenta aspectos ajenos a la controversia; interna, porque entendida la resolución como una unidad congruente, en ella se debe cuidar un hilo conductor que le dote de orden y racionalidad, desde la parte considerativa de los hechos, la identificación de los agravios, la valoración de los mismos y los efectos de la parte dispositiva; es decir, se pretenden evitar que, en una misma resolución no existan consideraciones contradictorias entre sí o con el punto de la misma decisión.
    • cuando dicha autoridad no advierta causales expresas de nulidad a tiempo de pronunciar el auto de vista, entonces le corresponderá circunscribirse a los puntos resueltos por el a quo y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación por el afectado
    • III.2.1. Consideraciones previas
    • III.2.2. Resolución del caso
    • invocada por el tercero interesado
    • Acerca de la ausencia de congruencia interna
    • En cuanto a la vulneración del derecho a la propiedad privada
    • Respecto a la transgresión del derecho a la defensa
    • subsane el error advertido en la Resolución constitucional

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