SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

I.2.2.

Rita Susana Nava Durán y Rómulo Calle Mamani, Magistrado de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por informe presentado vía fax el 23 de febrero de 2017, cursante de fs. 210 a 212, -no consta la firma de la primera nombrada- refirió que es evidente que el Auto Supremo ahora impugnado se basó en argumentos jurisprudenciales y doctrinales para establecer la ausencia de causal de nulidad de contrato por ilicitud de causa y motivo; empero, por un error involuntario la parte resolutiva de ese fallo declaró probada la demanda cuando debió declararla improbada, “…error material que recae en una sola palabra, aspecto que no debería sobreentenderse respecto al fondo de la Resolución, el mismo que conforme al art. 226-II del Código Procesal Civil puede ser enmendado aún en ejecución de Sentencia” (sic), haciendo notar que la parte hoy accionante bien pudo solicitar la enmienda de la Resolución impugnada y no recurrir precisamente en acción de amparo constitucional.