SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

II.4.

II.4.  El 9 de enero de 2017, mediante informe CM/RR.HH. 002/2017, Diandra Yolenne Mendoza Paz, ahora demandada, informó que los accionantes y otra funcionaria, hicieron uso de sus veinticinco días de vacación correspondientes a la gestión 2015-2016, detallando de forma individual las fechas en las cuales cada funcionario gozó de tal beneficio; por lo que, concluyó con base en el art. 58.III del Reglamento de Administración y Control de Personal del Órgano Judicial y la Ley 810, que los indicados impetrantes de tutela, para el uso de sus vacaciones 2016-2017 debían basarse en la Ley indicada (que reestableció el sistema de vacación colectiva) (fs. 28 a 29).