SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2017-S3
Fecha: 26-Jun-2017
II.1.
II.1. Cursan contrato de prestación de servicios de 29 de mayo de 2006, en la modalidad de eventual a plazo fijo, desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre de ese año, suscrito por el entonces Prefecto de Tarija y Miriam Aguirre Romero -ahora accionante-, como Auxiliar Contable del Proyecto Pavimentación de la Carretera Canaletas-Puerta del Chaco, dependiente del SEDECA Tarija (fs. 5 a 6); contrato de trabajo a plazo fijo 0134/08-cjc de 17 de enero de 2008, firmado por Miguel Ángel Rojas Zamora, Director de la referida institución y la hoy accionante, en el cargo de Técnica II-Sección Adquisiciones cargado al proyecto: “Construcción Asfaltado Concepción-Chocloca-Juntas-Chaguaya”, con vigencia del 17 de enero al 31 de diciembre del mencionado año (fs. 7 a 8); y, adenda al contrato de trabajo a plazo fijo citado supra, suscrito por el Director y Directora Administrativa Financiera de esa institución y la accionante, en cumplimiento al Informe Legal “155/08” sobre inamovilidad de mujeres en estado de gestación, con el objeto de dar continuidad a la relación laboral, por cuanto se determinó la transferencia de la antes nombrada al proyecto: “Mejoramiento Camino Concepción-Chocloca-Juntas-Chaguaya” con vigencia desde el 20 de enero de 2009 hasta la conclusión del mencionado proyecto (fs. 9 a 10).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales
- a) el art. 21 de la LGT, prevé que en los contratos a plazo fijo se produce reconducción cuando el trabajador continúa sirviendo vencido el término del convenio
- III.3. Inamovilidad laboral de funcionarios públicos que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- Del certificado único de discapacidad
- : ‘El Certificado Único de Discapacidad es el documento que califica el tipo y grado de discapacidad de una persona
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Del cumplimiento de la Conminatoria de reincorporación
- III.4.2. Respecto a la contratación a plazo fijo o indefinido
- más de dos contratos
- si bien es posible materializar una eventual reincorporación; el pago de salarios, no puede operativizarse a través de esta justicia constitucional, ya que deberán ser la propias autoridades administrativas y/o judiciales que determinen en qué medida corresponden dichos pagos
- REVOCAR