SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2017-S3

Fecha: 26-Jun-2017

más de dos contratos

Consiguientemente, se tiene que el penúltimo contrato a plazo fijo que tenía una vigencia desde el 2 de enero al 30 de junio de 2014, fue renovado seis meses después; es decir, el 5 de enero de 2015, de manera que no puede ser considerado para el análisis de una conversión laboral a plazo indefinido, en razón a que no existe continuidad laboral que pueda dar lugar a considerar que la relación laboral se tornó en un plazo indefinido, pues lo que muestran los antecedentes del proceso es que no hubo continuidad en las contrataciones a plazo fijo, por lo que al respecto corresponde denegar la tutela pedida, conforme fue descrito en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el cual sostuvo que habrá lugar a la conversión de una relación de plazo definido a indefinido cuando existan más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, lo que en el presente caso según los datos adjuntos no materializó en razón a que si bien existen más de dos contratos los mismos no fueron sucesivos.