SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

Fragmento 7

Jusseline Chávez Barrionuevo, en representación del Ministro de Culturas y Turismo Marko Marcelo Machicao Bankovic, mediante informe escrito que cursa de fs. 66 a 68 vta., señaló que: Conforme al art. 8 de la Ley del Órgano Judicial Ley el Órgano Judicial –Ley 025 de 24 de Junio de 2010–, la responsabilidad de los resultados de la tramitación de cualquier proceso judicial se encuentra bajo competencia de la autoridad que lo conoció y resolvió; y, por otra parte, que la cartera del Estado que encabezaba, no podía afirmar si el inmueble del accionante, se encontraba dentro del área declarada patrimonio nacional, ecológico, religioso, turístico arqueológico, tangible e intangible a la serranía de Cota, en tanto no cuente con la delimitación de las superficies consideradas como tales; por lo que, igualmente no podía acreditar interés legítimo en cuanto a la superficie en que se encontraba ubicado el indicado bien inmueble.