SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

Sentencia de 9 de julio de 2001

           En dicho contexto, el accionante denunció como actos lesivos el remate de su propiedad, de la cual fue “eyectado” (sic), sin haberse considerado que la misma se trataba de una propiedad agraria declarada patrimonio nacional, ecológico, religioso, turístico arqueológico tangible e intangible a la serranía de Cota y que además se constituía en una propiedad de reserva fiscal. Bajo tales alegatos y del minucioso análisis de los antecedentes remitidos a este Tribunal, se tiene que los indicados actos lesivos se produjeron como consecuencia de la ejecución de la Sentencia de 9 de julio de 2001, pronunciada luego del proceso de ejecución coactiva seguido en contra del impetrante de tutela; por lo que, dicho fallo se constituye en la presente problemática como el hecho acusado de lesivo. Por otra parte, de la Conclusión II.1, se evidencia que el accionante, mediante memorial de 8 de mayo de 2015, encontrándose ejecutoriada la Sentencia de 9 de julio de 2001, presentó el incidente de nulidad de obrados –con similares argumentos a los que sustentó en la presente acción tutelar–, el cual fue rechazado por extemporáneo (entre otras causas), mediante Auto de 12 de octubre de 2015, con el que fue notificado el 15 del mismo mes y año, además interponiendo el recurso de apelación que se encontraba pendiente de respuesta al momento de presentar su acción de amparo constitucional.