Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2017-S3
Fecha: 21-Jul-2017
2)
2) En relación al quinto agravio alegado por el denunciante-recurrente, la auditoria que este presenta es veraz, ya que la SCP 0255/2014, sostuvo claramente que para efectos del cómputo para la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, se debe descontar los días inhábiles, feriados y vacaciones judiciales, aspecto que no fue debidamente fundamentado por el Tribunal de Sentencia Penal; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- i)
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- 3)
- primera denuncia
- segunda denuncia
- tercera denuncia
- cuarta denuncia
- III.3. Otras consideraciones
- 1° CONFIRMAR