SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes a través de sus representantes legales, ratificaron en su integridad el memorial de la acción de amparo constitucional presentado y ampliándolo señalaron que conforme a la SCP 0309/2012, se establecía la procedencia del amparo constitucional ante medidas de hecho que subsistan en el tiempo, mientras perdure la vulneración de derechos. Asimismo, aclararon que el proyecto no era realizado por el Gobierno Municipal Autónomo de Uriondo, sino por EMAGUA; y, que existía una nota de 19 de diciembre de 2015, mediante la cual los comunarios de Juntas hacían conocer al Alcalde Municipal, su oposición a la realización del proyecto; empero, igualmente contaban con actas de conformidad de los indicados comunarios, que demostraban la socialización del proyecto.