SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

iii)

iii)        En mérito a lo señalado, se tiene que el inmueble se halla dentro de radio urbano y por ende sujeto al régimen de la propiedad urbana, por lo que, el Tribunal Agroambiental carece de competencia para generar cualquier acto de administración de justicia, menos aun cuando lo solicitado por el demandante, es el reconocimiento de un derecho civil inefectivo por la pretendida traslación al régimen agrario; situación que en el presente caso operó a la inversa debido a que el inmueble de la empresa deviene de título ejecutorial con antecedente agrario que, por efecto de la delimitación urbana mediante ley debidamente homologada, se halla sometido al régimen urbano pleno e irrevocable.