SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

viii)

viii)  Los actos administrativos por los que se confirió derechos sobre la calidad de uso de suelo; es decir la OM 211/2009, LM 006/2014 y  RM 60/2016, no pueden ser modificados, debido a que constituyen, conceden y declaran un derecho en favor del administrado que no puede ser revocado en la misma sede administrativa que las emitió, conforme estipula el art. 51 del DS 27113; por ende, la admisión de una demanda relativa a la competencia agraria sobre el inmueble de la empresa, implica el desconocimiento del ordenamiento jurídico al cual, el Tribunal Agroambiental también se halla reatado.