SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

ix)

ix)     El art. 315.I de la CPE, reconoce la propiedad de las personas jurídicas legalmente constituidas en territorio nacional, siempre y cuando esta sea utilizada para el cumplimiento del objeto de creación del agente económico, la generación de empleos y la producción y comercialización de bienes y servicios; marco bajo el que, “CONSARQ S.A.”, ha desarrollado sus actividades, generando un proyecto urbanístico ecológico, destinado a albergar proyectos de vivienda social y otros.