SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2017-S3

Fecha: 18-Sep-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de amparo constitucional; y ampliando los mismos, señaló que no se puede pedir una improcedencia in limine, dado que si bien esta acción tutelar exige el agotamiento de vías, se establecen dos excepciones, como ser un medio de defensa ineficaz y el otro medidas de hecho, situación que se da en el presente caso, por lo que no se puede pretender que se acuda ante un “…Tribunal de Honor del directorio apócrifo ante la asamblea apócrifa…” (sic); por otro lado, la intervención notarial no puede validar la posesión del Directorio y si bien existe una Asamblea Magna, esta no puede validar el acto al no haber intervenido en la elección.