SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.15.
II.15. Mediante Sentencia 1/2017 de 21 de febrero, el Tribunal de Honor del Colegio de Bioquímica y Farmacia de Santa Cruz, declaró probada la demanda contra Humberto Zurita Añez, Presidente del Comité Electoral del Colegio de Bioquímica y Farmacia de Santa Cruz, hoy codemandado, por lesión a los arts. 21 y 22 inc. d) del Código de Ética y Deontología; asimismo, por vulneración y omisión de las normas establecidas en el Estatuto Orgánico y Reglamentos del Colegio de Bioquímica y Farmacia de Bolivia, además de no resolver las impugnaciones hechas ante el Comité Electoral, declaró nula la elección de los miembros del Comité Electoral y nula la elección del nuevo Comité Ejecutivo Departamental; y en aplicación del art. 6 del indicado Código se impuso una sanción de censura privada al ahora codemandado, Humberto Zurita Añez (fs. 225 a 227).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- funciones incumpliendo la Resolución emitida por el citado
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
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- II.9.
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- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 26
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- jurídica, las autoridades tienen los medios que la misma norma les otorga, en muchos casos no solo conminatorios sino hasta coercitivos. Por otro lado, no tiene sentido que una autoridad emita una resolución y la misma no sea cumplida pese a que sobre dicha autoridad recae su cumplimiento, ello implicaría una negación al acceso a la justicia que no sólo es una garantía, sino también un derecho de los sujetos procesales.
- Por ello, este cumplimiento no debe ser exigido ante el Tribunal Constitucional
- Fragmento 30
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- Fragmento 34
- Fragmento 35
- así como dicho Consejo se comprometió a convocar a una nueva Asamblea Extraordinaria enmarcada en el Estatuto Orgánico del Colegio de Bioquímica y Farmacia de Bolivia y el Reglamento de elecciones del mismo
- certificó
- CONFIRMAR