SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso y a ser elegido, a ejercer un cargo y permanecer en el cargo directivo o sufragio pasivo, alegando que los demandados asumiendo medidas de hecho avasallaron el Colegio de Bioquímica y Farmacia de ese departamento, y a merced de un proceso electoral apócrifo fueron elegidos como miembros del Consejo Ejecutivo Superior del referido Colegio, pese a que el proceso de elección de los miembros del Comité Electoral constituido para esa elección -realizado en Asamblea General Extraordinaria- fue declarada nula; empero, continuaron ejerciendo funciones de facto, desconociendo la normativa estatutaria que rige al Colegio de Bioquímica y Farmacia de Bolivia, y que dichas normas prevén de manera expresa que el Consejo Ejecutivo Superior saliente, no cesará en sus funciones hasta que se produzca la posesión legal del nuevo Consejo Ejecutivo Superior, lo cual “hasta la fecha” no sucedió.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- funciones incumpliendo la Resolución emitida por el citado
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 26
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- jurídica, las autoridades tienen los medios que la misma norma les otorga, en muchos casos no solo conminatorios sino hasta coercitivos. Por otro lado, no tiene sentido que una autoridad emita una resolución y la misma no sea cumplida pese a que sobre dicha autoridad recae su cumplimiento, ello implicaría una negación al acceso a la justicia que no sólo es una garantía, sino también un derecho de los sujetos procesales.
- Por ello, este cumplimiento no debe ser exigido ante el Tribunal Constitucional
- Fragmento 30
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- Fragmento 34
- Fragmento 35
- así como dicho Consejo se comprometió a convocar a una nueva Asamblea Extraordinaria enmarcada en el Estatuto Orgánico del Colegio de Bioquímica y Farmacia de Bolivia y el Reglamento de elecciones del mismo
- certificó
- CONFIRMAR