SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2018-S3
Fecha: 26-Oct-2018
denegó
El Juez Público Civil y Comercial Cuarto de Sucre del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 07/018 de 27 de abril de 2018, cursante de fs. 1561 a 1570 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) El accionante presentó al Tribunal de Juicio de Responsabilidades, un memorial con la suma “…Cumple con orden de la Sentencia 01/2017” (sic), adjuntado un Certificado del REJAP para acogerse al beneficio de la suspensión condicional de la pena, lo que manifiesta inequívocamente su asentimiento con la resolución ahora observada; ii) El Presidente del aludido Tribunal, en respuesta a dicho escrito, señaló: “…Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia N° 01/2017 emitida para el presente caso, con la presentación del informe de Antecedentes Penales de fecha 01 de septiembre de 2017 … se ratifica la concesión del beneficio de suspensión condicional de la pena a favor del nombrado…” (sic) acogimiento que fue reconocido por la apoderada del accionante en audiencia, por lo que se establece que se cumplió la Sentencia que ahora se pretende dejar sin efecto; iii) La suspensión condicional de la pena, es un beneficio previsto en el art. 24 del CPP y no una imposición, que el peticionante de tutela tenía la posibilidad de no cumplir la misma si acaso consideraba que era vulneratoria de sus derechos; y, iv) Queda claro que el accionante viene cumpliendo la parte resolutiva de la Sentencia cuestionada, lo que hace concluir que hubo una manifestación de voluntad de cumplir con la misma, en virtud a ello no es posible ingresar a analizar el fondo del asunto, por la existencia de actos consentidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- el recurso de amparo constitucional presentado se torna improcedente
- solicitó la suspensión condicional de la pena,
- el representado del accionante dio por válidas dichas decisiones judiciales así como sus efectos
- Fragmento 21
- debido a que el accionante consintió los actos presuntamente vulneratorios
- Fragmento 23
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR