Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2018-S3
Fecha: 26-Oct-2018
II.6.
II.6. Por decreto de 15 de septiembre de 2017, Antonio Guido Campero Segovia, entonces Presidente del Tribunal de Juicio de Responsabilidades, ratificó la concesión del beneficio de suspensión condicional de la pena a favor de Marco Antonio Vásquez Ortiz, disponiendo que se oficie al juez de ejecución penal, para el respectivo control de las condiciones impuestas en el período de dos años (fs. 763).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- el recurso de amparo constitucional presentado se torna improcedente
- solicitó la suspensión condicional de la pena,
- el representado del accionante dio por válidas dichas decisiones judiciales así como sus efectos
- Fragmento 21
- debido a que el accionante consintió los actos presuntamente vulneratorios
- Fragmento 23
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR