SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2018-S2

Fecha: 08-Oct-2018

a)

Wiat Belzu Carvajal, Jueza de Instrucción Penal Segunda de la Capital del departamento de La Paz, en audiencia señaló: a) De la documentación presentada por el accionante, se advierte que fue detenido preventivamente por más de un delito; pues, efectivamente cursa una detención preventiva del año 1993, dispuesta por el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, por la presunta comisión del delito de robo; sin embargo, también existen otras resoluciones de detención preventivas, emitidas por el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal; y, b) El impetrante de tutela solicitó cesación a su detención preventiva; por lo que, fijó audiencia para el 13 de junio de 2018; empero, la misma no pudo ser llevada adelante, por cuanto el Ministerio Público se negó a recibir la citación para dicho actuado procesal; por tal motivo, se fijó nuevamente audiencias en varias oportunidades más; sin embargo, el Ministerio Público no asistió, por ello, se concretizaron; no obstante, su autoridad le hizo conocer al demandante de tutela, que al haber sido tramitadas sus causas en el antiguo sistema procesal penal, debía dirigirse ante el Juzgado Liquidador, a efectos que dicha autoridad, pueda pronunciarse sobre su solicitud. Así también, debe considerarse que señaló  como última fecha de audiencia de cesación de la detención preventiva para el 10 de agosto de 2018; la que se encuentra pendiente; razón por la cual, el solicitante de tutela debe esperar la resolución de ésta; dado que, no es posible activar simultáneamente las jurisdicciones ordinaria y constitucional.