SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2018-S1

Fecha: 15-Oct-2018

PROCESO DE CANCELACION DE MARCA POR FALTA DE USO DE STONEFLY

Indica que contra la señalada Resolución interpuso recurso de revocatoria alegando que no existe confusión, fundamentando técnicamente la convivencia de ambas marcas y “anuncio un PROCESO DE CANCELACION DE MARCA POR FALTA DE USO DE STONEFLY” (sic), solicitando la suspensión del procedimiento hasta resolver la cancelación planteada.

Señala que, el 5 de enero de 2016, se emite la Resolución            DPI/OPO/REV-02/2016 que rechaza su recurso de revocatoria y confirmó en todo la Resolución de primera instancia, ante lo que interpuso recurso jerárquico solicitando revocar la denegatoria de oficio y reiterando suspender la tramitación hasta que se concluya el proceso de “CANCELACION DE MARCA” (sic) por falta de uso de “STONEFLY”, pues del mismo depende el alcance de protección de la marca pretendida.

El 7 de junio de 2016, se dicta la Resolución DGE/OPO/J-120/2016 por la Directora General del SENAPI disponiendo anular la Resolución de revocatoria de 5 de enero de 2016 y se emita una nueva, debiendo respetar la motivación y el debido proceso; luego, la Dirección de Propiedad Industrial dictó la Resolución DPI/OPO/REV-167/2016 de 21 de octubre, en la que nuevamente se rechaza su recurso de revocatoria y se confirma la resolución de primera instancia.