SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
III.2. Análisis del caso concreto
En el presente caso, los accionantes denuncian como acto lesivo el hecho que, el Auto Nacional Agroambiental S 1ª 73/2017, emitido por los Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, declaró infundado el recurso de casación en el fondo y la forma, de manera ilegal sin una debida fundamentación y congruencia; en mérito a ello corresponde el análisis pormenorizado, para establecer si es evidente o no lo señalado por los mismos, por lo tanto, es necesario realizar la contrastación de cada uno de los puntos impugnados en el recurso de casación presentado por la parte accionante, y contrastarlos con los argumentos que utilizaron las autoridades demandadas dentro del Auto Agroambiental, siendo estos los siguientes:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- ; sin embargo, cabe mencionar que si cursa a fs. 98 y 99, certificado emitido por la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Cochabamba, donde efectivamente señalan lo vertido por los demandantes; empero, cabe aclarar que dicho certificado fue presentado después de la emisión de la Sentencia que es ahora objeto de recurso de casación, es decir fue presentado fuera de término establecido por el art. 79 de la “Ley 1715”, por lo tanto no corresponde su consideración en sentencia.
- ix)
- x)
- REVOCAR
- MAGISTRADO