SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2

Fecha: 17-Oct-2018

el primero

Conforme al Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional, en el ejercicio de las facultades establecidas en el art. 339 del CPP y en el supuesto de la adopción del arresto como medida disciplinaria, los jueces y tribunales deben observar dos requisitos esenciales; el primero, que dispone la obligación de instalar una audiencia de consideración y aplicación de dicha medida de manera inmediata de sucedido el acto que motiva su imposición; y, el segundo, que la resolución de medida disciplinaria debe estar debidamente fundamentada y motivada.