SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2

Fecha: 17-Oct-2018

la instalación previa de una audiencia sumarísima, de consideración y resolución inmediata

Bajo ese contexto en el que acontecieron los hechos, la orden de arresto emitida por la Jueza ahora demandada, constituye una Resolución ilegal vulneradora del derecho a la libertad, en el entendido que la medida disciplinaria no fue adoptada en respeto de la garantía del debido proceso ni en observancia de la jurisprudencia constitucional emitida a través de la SCP 0249/2013, que exigía de parte de la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de Chuquisaca, la instalación previa de una audiencia sumarísima, de consideración y resolución inmediata a objeto de permitir que la persona en contra de la cual se está por aplicar dicha medida restrictiva de su derecho a la libertad física, pueda ejercer de manera plena e irrestricta su derecho a la defensa; de la misma forma, la emisión de una Resolución judicial fundamentada y motivada; sin embargo, en el presente caso fue ejecutada en un momento procesal en que no existía ningún tipo de necesidad en su adopción; razón por la que, no se configuran los presupuestos establecidos en el 339 inc. 1) del CPP.

Por todo lo referido y tomando en cuenta que en el presente caso cesó el acto lesivo denunciado, y que la problemática expuesta se adecúa a los supuestos de protección de la acción de libertad innovativa, corresponde que este Tribunal emita un pronunciamiento expreso respecto al accionar de la autoridad judicial hoy demandada; en ese orden, es evidente que la actuación de la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de Chuquisaca y la orden de arresto de 29 de agosto de 2018, constituyen actos ilegales no contemplados en los supuestos establecidos en el art. 23.I de la CPE; siendo evidente la vulneración del derecho a la libertad de la ahora accionante.