SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2

Fecha: 17-Oct-2018

una semana antes

De obrados se advierte, que al finalizar la audiencia conclusiva que finalmente fue celebrada el 6 de septiembre de 2018, la ahora impetrante de tutela fue arrestada por el término de ocho horas, en ejecución de una orden expedida una semana antes por la Jueza ahora demandada; es decir, el 29 de agosto del mismo año (fs. 12).

Previamente, corresponde dejar claramente establecido que en el presente caso, el supuesto acto restrictivo de los derechos de la accionante habría sido ejecutado el 6 de septiembre de 2018, situación que se tiene como corroborada del mismo informe escrito presentado por la autoridad demandada el 14 de igual mes y año; de tal forma, resulta más que evidente que el acto lesivo denunciado ya habría cesado a la fecha de interposición de la presente acción tutelar, que fue el 13 del mismo mes y año; no obstante y en observancia del Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, corresponde a esta jurisdicción constitucional emitir un pronunciamiento respecto a la supuestas lesiones denunciadas por la demandante de tutela.

Dicho esto, en el marco de la regulación del derecho a la libertad física establecida por el art. 23 de la CPE, el ejercicio del derecho a la “libertad personal” admite restricciones, siempre y cuando operen en cumplimiento a las formas y causas establecidas previamente por Ley, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, los jueces y tribunales en materia penal en ejercicio de sus facultades disciplinarias, pueden adoptar las medidas que consideren necesarias para mantener el orden y el adecuado desarrollo de una audiencia, ordenando a dicho fin medidas disciplinarias a las partes, abogados, defensores, funcionarios, testigos, peritos y también a personas ajenas al proceso, entre las que se encuentran, conforme la jurisprudencia constitucional, la orden de arresto.