SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S2

Fecha: 17-Oct-2018

III.3. El ejercicio de la actividad disciplinaria de Jueces y Tribunales en materia penal, y su regulación jurisprudencial

Dentro de este contexto y con relación al poder ordenador y disciplinario de las autoridades judiciales en materia penal, el art. 339 del CPP establece que estas pueden disponer distintas medidas y “Adoptar las providencias que sean necesarias…”, a fin de mantener y reestablecer el orden en el desarrollo de una audiencia pública, en efecto dicha disposición legal refiere que en ejercicio de estas facultades los jueces y tribunales pueden: