Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 18 de mayo de 2018, cursante de fs. 331 a 341 pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Ramiro Zaconeta Gallardo contra Rita Susana Nava Durán y Rómulo Calle Mamani; Marco Ernesto Jaimes Molina y Juan Carlos Berrios Albizu, ex y actuales Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia; José Eddy Mejía Montaño, Vocal de la Sala Civil Segunda -ahora Vocal de la Sala Penal Primera- y Jimy Rudy Siles Melgar, Vocal de la Sala Familiar, Niña, Niño y Adolescente; ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Guilder Jhonny Ureña Espinoza, Juez Público Civil y Comercial Octavo de la Capital del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El respeto del principio de congruencia, en los tribunales de apelación
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR