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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2018-S3

    Fecha: 07-Nov-2018

    II.6.

    II.6.    La mencionada autoridad judicial, a través del Auto de 8 de diciembre de 2014, anuló obrados hasta “fs. 499”, disponiendo que la Oficial de Diligencias proceda a la citación a Lidia Gallardo de Zaconeta, con el memorial de “…responde a demanda ordinaria y reconviene…” (sic) de 6 de junio de 2011, así como la providencia de admisión de 10 de igual mes y año (fs. 209 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  El respeto del principio de congruencia, en los tribunales de apelación
    • correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
    • Fragmento 18
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 20
    • CONFIRMAR

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