Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.1.
II.1. Jorge Ramiro Zaconeta Gallardo -hoy accionante- en representación de Lidia Gallardo de Zaconeta, por memorial de 26 de febrero de 2011, presentó ante el Juez de Partido de turno en lo Civil de la Capital del departamento de Cochabamba, demanda de nulidad de contrato contra la Cooperativa Multiactiva “San Pedro” Ltda., ahora Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “San Pedro” Ltda. (fs. 6 a 7 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El respeto del principio de congruencia, en los tribunales de apelación
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR