SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2018-S2
Fecha: 03-Dic-2018
II.1.
II.1. Dentro del proceso de Saneamiento Integrado al Catastro Legal CAT SAN, respecto al polígono 053, predios denominados ICHOA y Asociación de Productores Ganaderos Ichoa (APAGI), ubicado en el municipio de Entre Ríos, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba, se dictó la Resolución Administrativa RA-CS 0305/2015 de 7 de diciembre, en la que el INRA resolvió, entre otras disposiciones: a) Adjudicar el predio denominado ICHOA a favor de María Felicidad Escalera y Alberto Castellón Peredo con la superficie de 50 ha, clasificada como pequeña propiedad con actividad agrícola, ubicada en el municipio de Entre Ríos, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba; y, b) Declarar la ilegalidad de la posesión de la Asociación de Productores Agrícolas y Ganaderos Ichoa (APAGI), respecto del predio denominado ICHOA, ubicado en el municipio de Entre Ríos, provincia Carrasco del mimo departamento (fs. 53 a 55).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.
- no es únicamente aplicable a la justicia constitucional, sino también a las diferentes jurisdicciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- PROBADA EN PARTE
- y de manera general
- reencause
- a cuyo efecto, la decisión -parte dispositiva- debe ser precisa, clara y coherente con los argumentos jurídicos contenidos en la resolución judicial.
- qué parte del área saneada se encuentra comprendida en el radio urbano del municipio de Bulo Bulo,
- Fragmento 22
- Por lo que, más adelante, afirmó que quedaba claro, que parte (parcela 029) del predio objeto de la demanda se encuentra dentro del radio urbano, conforme consta en el plano topográfico adjunto en el Informe Técnico TA-G 027/2017, en consecuencia el INRA emitió una Resolución Administrativa inobservando su competencia
- sin diferenciar
- b)
- b.1)
- fue declarado infundado
- b.2)
- motivación arbitraria
- CONFIRMAR
- ii)
- MAGISTRADO