SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S2

Fecha: 03-Dic-2018

I.1.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

José Luis Flores López, por sí y a través de su abogado, ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad y ampliándolo, manifestó que está en la sección de aislamiento, existiendo un voto resolutivo de la población penitenciaria de no admisión, entre otras razones, porque se hallaba involucrado en el “caso Patricia”; población con la que se encuentra confrontado por el accionar del Director del Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro y del personal de seguridad ahora demandado, atribuyéndole la vulneración de derechos con el argumento que es un problema para la población que reside en ese penal.

Por tal motivo, presentó queja contra el Director del citado Centro Penitenciario, aunque este mecanismo ya no es efectivo; pues éste, en complicidad con el “Juez” contra quien inició una demanda, coordinó para enviarlo al Centro Penitenciario Palmasola, donde advierte que lo matarían; pues, ya se tiene un antecedente de confrontación con determinados internos de ese penal que fueron trasladados -se entiende al Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro- por mal comportamiento.