SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S2

Fecha: 03-Dic-2018

II.6.

II.6.    Revisado el Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal, se establece que el ahora accionante, el 11 de septiembre de 2017, interpuso una primera acción de libertad contra el Encargado de Odontología del Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro, denunciando que éste, vulneró sus derechos a la salud y a la vida, debido a que se rehusó a prestarle la atención odontológica requerida; denuncia que fue resuelta a través de Resolución 008/2017 de 12 de septiembre, denegando la tutela solicitada bajo el argumento que debió acudirse al juez de ejecución penal, autoridad a quien le corresponde velar por el derecho a la vida del impetrante de tutela; Resolución que fue confirmada por el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 1139/2017-S2 de 6 de noviembre, bajo la línea jurisprudencial de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, sin ingresar al fondo de la problemática. Asimismo, se constata que el 11 de octubre de 2017, el demandante de tutela, nuevamente interpuso acción de libertad contra el referido Encargado de Odontología, denuncia resuelta a través de la Resolución 217/2017 de 12 de octubre, que denegó la tutela impetrada bajo el fundamento de identidad de sujeto, objeto y causa; Resolución confirmada en instancia de revisión por este Tribunal a través de la SCP 0025/2018-S1 de 5 de marzo, en los mismos términos dispuestos por el Tribunal de garantías, ante la prohibición de activación paralela de una acción de libertad con identidad de sujetos, objeto y causa.