Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2018-S1
Fecha: 05-Dic-2018
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado, y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución de 8 de junio de 2018, cursante de fs. 347 a 350, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimoséptimo del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- falta de congruencia
- motivación de las decisiones
- derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- debido proceso
- debido proceso en su componente del derecho de recurrir el fallo ante el superior en grado
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.2. Congruencia en las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- Que el principio de mínima intervención del Derecho Penal o de ultima ratio
- f)
- g)
- inexistencia de los hechos,
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en todo