SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 17 de junio de 2016, demandó en la vía civil la declaración judicial de resolución de contrato de venta con reserva de propiedad de 18 de diciembre de 2010, acción que se activó por el incumplimiento de la obligación de pago de Rosmery Cuellar Candapury y Luis Alejandro Gemy Cuellar -ahora terceros interesados-, en la que el Juez Público Civil y Comercial Vigesimoséptimo del departamento de Santa Cruz, emitió la Sentencia inicial de 20 de junio de 2016, declarando resuelto el contrato, disponiendo que los demandados procedan a la entrega del inmueble objeto de  Litis a su favor, en el plazo de diez días de ejecutoriado el fallo bajo prevención de desapoderamiento y con imposición de costas.

Ante ello, los entonces demandados por separado, presentaron distintas excepciones e incidentes, siendo declaradas improbadas las de falta de personería, pago documentado e incumplimiento de contrato a través de la Sentencia final de 28 de noviembre de 2016, que finalmente confirmó la Sentencia inicial, determinando su ejecución en la forma establecida inicialmente.