Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2018-S1
Fecha: 20-Dic-2018
II.1.
II.1. Cursa memorial presentado el 17 de junio de 2016, por el cual Marianela Bozo Reyes en representación legal de Paola Alejandra Peña de Suarez, Fernando Suarez Da Silva y Elsa Carolina Da Silva de Suarez, accionistas de la empresa Santa Fe Inversiones S.A. -ahora empresa accionante-, interpuso demanda de resolución de contrato por incumplimiento de obligación de pago y entrega de inmueble contra Rosmery Cuellar Candapury y Luis Alejandro Gemy Cuellar, hoy terceros interesados (fs. 49 a 53).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Congruencia y pertinencia como elementos del debido proceso
- implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos emitidos por la resolución, esta concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto
- III.2.7.- De la Excepción de Incumplimiento
- El Segundo
- SANTA FE INVERSIONES S.A
- de fs.111-114, presentado en fecha 3 de
- ROSMERY CUELLAR CANDAPURY y LUIS ALEJANDRO GEMY CUELLAR
- 3° Con referencia a la Excepción de Incumplimiento,
- 5° Por último, con referencia a la excepción Non Adimpleti Contractus
- REVOCA PARCIALMENTE la Sentencia Final de fecha 28 de noviembre de 2016 cursante a fs. 164 a 165 y vuelta, con referencia a la Excepción de Incumplimiento
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte