SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S3

Fecha: 13-Dic-2018

Fragmento 37

Asimismo, esta norma aclara que la superficie máxima zonificada deberá ser regulada mediante ley a dictarse por la Asamblea Legislativa Plurinacional; y que el límite a establecerse en ningún caso (sin excepción alguna), podrá pasar las cinco mil hectáreas; lo que quiere decir, que la Norma Suprema efectúa un reenvío al Órgano Legislativo (reserva de ley), para que regule los límites máximos zonificados; no obstante, le ordena expresamente que estos límites jamás podrán sobrepasar las cinco mil hectáreas.