SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

sexto agravio

Con relación al sexto agravio denunciado, se establece que el Tribunal de alzada señaló que, revisada la acusación Fiscal Policial la falta mencionada no es parte de la investigación en el presente caso; sin embargo, refirieron que es deber de la citada autoridad fiscal requerir conforme dispone el art. 42 de la LRDPB y a este fin dar cumplimiento al Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; en consecuencia, se advierte que las autoridades ahora demandadas, dieron respuesta a dicho reclamo; en sentido que la acusación del Fiscal Policial no refiere sobre el abandono de servicio del ahora accionante en la fecha que ocurrieron los hechos en el horario de 01:00 a 07:00; empero, correspondería a la autoridad fiscal requerir de acuerdo a lo previsto en la normativa disciplinaria policial; por lo expuesto no se evidencia que las citadas autoridades judiciales respecto a este agravio hayan lesionado el derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, dado que se dio una respuesta razonable, motivada y fundamentada al reclamo denunciado.