SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2018-S4

Fecha: 23-Feb-2018

II.2.

II.2.    Por memorial presentado el 29 de junio de 2007, ante la Comisión Universitaria de Procesos del Honorable Consejo Universitario de la UMSA, el ahora accionante, manifestó que la Resolución del Honorable Consejo Universitario 243/02 de 2 de octubre de 2002, en la cual se lo sancionó con la suspensión de sus funciones por el lapso de seis meses sin goce de haberes, no se ejecutorió habiendo continuado con sus labores como docente y, siendo que el Reglamento Universitario no contemplaba la figura de la prescripción, solicitó se aplique de forma supletoria el art. 29.4 del Código de Procedimiento Penal y se disponga la extinción del proceso y el archivo de obrados, ameritando la emisión de la Resolución del Honorable Consejo Universitario 634/07 de 7 de noviembre, por la que, Teresa Rescala Nemtala, Rectora, y Jorge Velasco Orellanos, Secretario General ambos de la UMSA, en mérito a los Informes Jurídicos “A.JUR.INF. 685/05 de 30 de julio de 2007 y A.JUR.INF. N° 725/07 de 8 de agosto de 2007” (sic), defirieron lo impetrado y aplicando por analogía la norma penal antes señalada, dispusieron el archivo de obrados (fs. 10 a 16 vta.).