SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2018-S1

Fecha: 06-Mar-2018

d)

d)   Se mantuvieron latentes los riesgos establecidos en el art. 235.1 y 2 del CPP, sólo por el hecho de ser funcionario policial y que podría influir de manera directa a los investigadores, peritos, testigos y víctimas, basándose en meras suposiciones, sin tomar en cuenta que la jurisprudencia prohíbe las expresiones subjetivas y que el desistimiento, documento transaccional y el cuaderno de investigaciones también debieron considerarse para desvirtuar estos riesgos; y, que al haber transcurrido seis meses de la investigación, no se ha tenido ningún contacto con las víctimas; por lo que se reitera el agravio de falta de fundamentación y motivación de dicha Resolución, que no ha considerado la instrumentalidad y favorabilidad en las medidas cautelares.

Ahora bien, expuestos los agravios expresados por el accionante en su apelación incidental, la misma dio lugar a la Resolución 208/2017, en la que se dispuso la procedencia en parte de las cuestiones planteadas y en                            su mérito revocó en parte la Resolución 0495/2017, bajo los siguientes argumentos: