SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2018-S2

Fecha: 11-Abr-2018

Fragmento 40

De acuerdo a lo glosado en las Conclusiones del presente fallo, el accionante se encuentra cumpliendo detención preventiva desde el 5 de enero de 2017, oportunidad en la que se definió la medida restrictiva de su libertad, ante las constantes declaratorias de rebeldía dictadas en su contra; habiéndose establecido en el marco de lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución, la restricción de su derecho a la libertad, para asegurar su presencia en el proceso, en virtud a la existencia de los riesgos procesales instituidos en los arts. 233.1 y 2 y 234.2 y 4 del CPP, que prevén que: “Por peligro de fuga se entiende a toda circunstancia que permita sostener fundadamente que el imputado no se someterá al proceso buscando evadir la acción de la justicia. Para decidir acerca de su concurrencia, se realizará una evaluación integral de las circunstancias existentes, teniendo especialmente en cuenta las siguientes: (…) 2. Las facilidades para abandonar el país o permanecer oculto; (…) 4. El comportamiento del imputado durante el proceso o en otro anterior, en la medida que indique su voluntad de no someterse al mismo”.