SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
II
La accionante manifiesta que teniendo la condición de madre progenitora de una niña menor de un año y estando además en estado de gestación, el 1 de junio de 2017, la Estación de Servicios LOTUS S.R.L., decidió destituirle de su fuente laboral, aduciendo para tal efecto, que al haber incurrido nuevamente en una supuesta conducta delictiva, existen causales establecidas en el art. 16 de la LGT. Contra esa decisión, interpuso denuncia ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, originando que dicha instancia administrativa laboral, dicte la Resolución de Conminatoria JDTSC/CONM. 060/2017, a través de la cual, conminó a la empresa demandada para que la reincorpore de manera inmediata al mismo puesto laboral que ocupaba antes de su despido; sin embargo, de manera contraria a lo dispuesto en la referida conminatoria, la empresa accionada le asignó el puesto de limpieza y no el de dispenser que le corresponde, hecho que a su entender vulnera sus derechos al trabajo, a la garantía de inamovilidad laboral por ser madre progenitora y gestante y a la seguridad social. En base a los hechos narrados, pide se la reintegre al mismo puesto que ocupaba antes de su despido y que se respete la indicada conminatoria.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- Fragmento 4
- concedió
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II
- III.1
- III.2.
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Vínculo laboral existente entre la accionante y la Empresa demandada. Situación de la impetrante de tutela a tiempo de producirse su despido laboral
- Versiones sobre el motivo de despido y las causas por las que no se dio cumplimiento a cabalidad a la Resolución de conminatoria de reincorporación laboral. La problemática planteada a resolver
- La Resolución de conminatoria de reincorporación laboral, debe tener protección preeminente y efectiva
- La inamovilidad laboral de la mujer embarazada o lactante protege otros derechos de orden constitucional
- La reincorporación laboral debe efectuarse de forma razonable y en ocasión a las condiciones de la mujer embarazada
- REVOCAR en parte