Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
II.7.
II.7. Cursa carnet de salud para el embarazo y parto, emitido por la CNS, por el cual se acreditó que Ana Karen Condori Basoalto, el 4 de septiembre de 2017, se hallaba en estado actual de embarazo. Asimismo, por el certificado de nacimiento gratuito 69638 emitido por la Oficialía de Registro Civil 4180 de Santa Cruz de la Sierra, se constató el nacimiento de NN; es decir, que la nombrada accionante además es madre de una menor de edad (fs. 12 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- Fragmento 4
- concedió
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II
- III.1
- III.2.
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Vínculo laboral existente entre la accionante y la Empresa demandada. Situación de la impetrante de tutela a tiempo de producirse su despido laboral
- Versiones sobre el motivo de despido y las causas por las que no se dio cumplimiento a cabalidad a la Resolución de conminatoria de reincorporación laboral. La problemática planteada a resolver
- La Resolución de conminatoria de reincorporación laboral, debe tener protección preeminente y efectiva
- La inamovilidad laboral de la mujer embarazada o lactante protege otros derechos de orden constitucional
- La reincorporación laboral debe efectuarse de forma razonable y en ocasión a las condiciones de la mujer embarazada
- REVOCAR en parte