SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2018-S4

Fecha: 30-Abr-2018

III.5.

No obstante la amplia exposición de motivos que la accionante presentó en su demanda, la acción de libertad no puede, por su naturaleza, ingresar a resolver cuestiones desde el inicio del proceso penal, cual si se tratara de una instancia de revisión de las labores de la jurisdicción ordinaria, que es lo que se pretende cuando se impugnan diversas actuaciones de las contra partes y autoridades involucradas en el proceso desde el inicio mismo de la causa. En este entendido debemos circunscribirnos solamente a las cuestiones vinculadas con el derecho a la libertad, que son las que corresponden verificar al Tribunal Constitucional Plurinacional en su resguardo de derechos y garantías a través de las acciones jurisdiccionales de defensa, particularmente a través de la acción de libertad.