DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2018
Fecha: 22-May-2018
respetar
De acuerdo al examen del precepto reformulado, se advierte que el Estatuyente de Pampagrande, suprimió la frase “Cumplir y…”, identificada como incompatible en la DCP 0162/2016, por cuanto aquella denotaba que toda la población del municipio se encontraba reatada a cumplir las normas de las organizaciones de la sociedad civil; en tanto que, la frase respetar “las reglas y normas de su comunidad”, puede ser entendida como el deber de tolerancia y no obstaculizar ni entorpecer el desenvolvimiento de las diferentes organizaciones de la sociedad de acuerdo a sus normas de organización y funcionamiento interno establecidas en ejercicio del derecho a la libertad de asociación, reconocido a todos los bolivianos en el art. 21.4 de la CPE; en consecuencia, considerando que este deber no conlleva un sometimiento de los habitantes a las normas de una comunidad de la cual no forma parte, corresponde declarar la compatibilidad del numeral 5 del art. 10 del proyecto de COM con la Constitución Política del Estado.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- excluyéndose del control de constitucionalidad aquellos artículos o preceptos que fueron declarados compatibles según el precitado fallo constitucional
- III.3. Control previo de constitucionalidad del texto de los artículos y preceptos modificados del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Pampagrande
- a)
- respetar
- Artículo 12. Separación administrativa de órganos
- compatibilidad
- Sobre el numeral 9
- gobiernos autónomos
- Control previo de constitucionalidad
- Artículo 21. Atribuciones y facultades del Concejo Municipal
- 5. Facultad
- Artículo 32. Atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde.
- 1)
- Sobre el numeral 14
- Sobre el numeral 17
- compatible
- improcedente
- Artículo 45. Guardia Municipal
- Artículo
- Artículo 46. Empresas Municipales
- incompatibilidad
- delegación
- Artículo 76. Recursos Naturales.
- Sobre el inciso c)
- i)
- Segunda