Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3
Fecha: 02-May-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 227/2017 de 10 de noviembre, cursante de fs. 123 a 126 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por René Cáceres Choque en representación legal de la empresa Autobuses “QUIRQUINCHO” Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) contra Milton Claros Hinojosa, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Galo Silvestre Bonifaz, ex Viceministro de Transportes; y, Marco Antonio Delgadillo Rojas, ex Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre del indicado Viceministerio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “'…no existe el tipo de tramite fusión de frecuencias ni en el Manual de Procesos y Procedimientos de la USO ni tampoco en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre –ATIT'”
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. El derecho a la petición, supuestos que lo configuran, contenido y alcances
- Fragmento 17
- de acuerdo con la Nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0119/2017 de 25 de julio
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER en parte