SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3
Fecha: 02-May-2018
II.3.
II.3. Marco Antonio Delgadillo Rojas, Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre del Viceministerio de Transporte dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, mediante Nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0119/2017 de 25 de julio, en atención a la Nota de 27 de junio de ese año, comunicó a René Cáceres Choque, que adjunto a dicho documento anexa las fotocopias legalizadas en tres ejemplares del Documento de Idoneidad 0070-A/2007, referente a la autorización de ruta internacional Santa Cruz (Bolivia) – Buenos Aires (Argentina) y viceversa con cuatro frecuencias semanales; “Nota” VMT/DGTTFL/USO 1452/08, referente a la ampliación de dos frecuencias semanales correspondiente al Documento de Idoneidad 0070-A/2007; “Nota” VMT/DGTTFL/USO 2320/08, referente a la ampliación de una frecuencia semanal correspondiente al Documento de Idoneidad 0070-A/2007; y, Nota MOPSV/VMT/DGTTFL/NDI 283/2017, referente a la prórroga del Documento de Idoneidad 007-A/2007 con vigencia hasta el 22 de noviembre de 2022 con siete frecuencias semanales en la ruta Santa Cruz (Bolivia) – Buenos Aires (Argentina) y viceversa, cursando cargo de recepción del solicitante de 16 de agosto de 2017 (fs. 63).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “'…no existe el tipo de tramite fusión de frecuencias ni en el Manual de Procesos y Procedimientos de la USO ni tampoco en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre –ATIT'”
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. El derecho a la petición, supuestos que lo configuran, contenido y alcances
- Fragmento 17
- de acuerdo con la Nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0119/2017 de 25 de julio
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER en parte